COMO COMUNICAR UN ACCIDENTE O INCIDENTE DE TRABAJO

Actuaciones ante los Protocolos de Salud Laboral relacionados con la Comunicación de Accidentes de Trabajo e Incidentes


- Ante cualquier tipo de accidente o incidente (golpe, caída, pinchazo, corte, etc.), ocurrido tanto durante la jornada laboral como en los desplazamientos desde el domicilio al trabajo o desde el trabajo al domicilio (in itinere), es muy importante que el hecho sea comunicado de forma inmediata al Director de la UGC o cargo intermedio que corresponda, y acudir  a Urgencias para recibir la 1ª atención médica. Tened en cuenta que las pruebas (informe médico de urgencias, testigos…) han de ser aportadas dentro de los tres días hábiles siguientes al suceso. En caso contrario será difícil establecer la relación causa-efecto necesaria para ser declarado como Accidente de Trabajo y se cursará como Enfermedad Común, con el perjuicio económico que de ello se deriva. Hay que tener en cuenta que muchas veces no se le da la suficiente importancia al accidente y los efectos se manifiestan pasados los tres días establecidos.



- El Director de la UGC o Cargo Intermedio, deberá cursar el denominado CATI (Comunicación de Accidentes de Trabajo e Incidentes), a cumplimentar por trabajador y mando intermedio. Si el accidente/incidente sucede al ir o volver del centro de trabajo además se deberá cumplimentar otro documento: “Declaración del Trabajador sobre accidente in itinere”. Ambos documentos han de tramitarse dentro de los tres días hábiles posteriores al hecho. Una vez transcurrido este plazo no podrá determinarse la contingencia como accidente de trabajo y se cursará como enfermedad común.



- El trabajador debe ponerse en contacto con su Representante Sindical o con el Delegado de Prevención que le orientará y le proporcionará la documentación necesaria y hará un seguimiento exhaustivo del  procedimiento con el fin de evitar que por alguna circunstancia ajena al trabajador el mencionado CATI no sea cumplimentado correctamente y enviado en tiempo y forma a la Dirección Gerencia.



- La declaración de al menos un testigo es fundamental como prueba, pues en caso de no haberlo resultará difícil determinar la veracidad de los hechos.


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